domingo, 9 de mayo de 2010

Sin contrato: la realidad contractual detrás de las prácticas profesionales


Es un tema de recurrente inquietud entre los estudiantes universitarios el de las prácticas profesionales. Desregulación dirán algunos o una necesaria prueba para alcanzar el profesionalismo en condiciones desfavorables, lo cierto es que las prácticas profesionales han dejado dudas a más de un estudiante, frente a lo cual pretendemos dilucidar la problemática de este último paso para convertirse en un(a) profesional.

Como muchas otras demandas en la educación, la de las prácticas profesionales permanece encubierta, recorriendo los pasillos de los edificios universitarios y las salas de clases como un rumor que nadie se atreve a poner en el tapete, convirtiéndose en un verdadero “secreto a viva voz”, pues total, dirán muchos, “es el último año en la “U” y de qué sirve reclamar”.

La encargada de prácticas profesionales en la Universidad de Playa Ancha, Leviant Rojas Serrano, conversó con nosotros acerca de este tema, despejando algunas dudas frecuentes entre nuestros pares. En la situación contractual del estudiante al momento de hacer su práctica, Rojas nos comentó que “una vez que el estudiante ya ha hecho su postulación y ha sido aceptado, la universidad entra a un compromiso de ese centro para con la Universidad a través del estudiante. En qué sentido: se le pide al centro de práctica que extienda una carta en la cual corrobore la aceptación del estudiante en práctica, la fecha de inicio y de término y el nombre del profesional que lo va a tener a cargo”. Intentando abordar de manera más específica la situación contractual en las prácticas profesionales, le consultamos acerca de situaciones que pueden ocurrir en las horas de prácticas, como por ejemplo accidentes laborales, a lo cual Rojas respondió que “la Universidad le entrega al estudiante el seguro que establece la ley 16.744, que lo cubre al estudiante, y que esa es la ley que protege a todos los trabajadores de Chile”. Si el estudiante cuenta con el seguro laboral que determina la ley, debería también contar con un contrato de trabajo como cualquier trabajador de una empresa, institución o colegio, y en tal sentido nos manifestó que “el contrato de trabajo establece las condiciones que la empresa pone, mientras que la ley que protege al trabajador es una ley estatal. El estudiante no va en una situación contractual a hacer su práctica; si bien es cierto va a desarrollar un trabajo, el estudiante va en un proceso aún de formación”. Podemos concluir entonces que la responsabilidad de las deficiencias en las prácticas profesionales es de la universidad y sin ir más allá del Estado, lo que significaría una negligencia legal que no ha sido resuelta con un seguro de trabajo, sino que si el estudiante sigue aún en una situación de formación, debería ser tomada su práctica como una asignatura más, frente a lo cual también debería poder optar a beneficios como desayuno, almuerzo y dinero para locomoción, lo que actualmente es inexistente (en el mejor de los casos son regalías de la empresa). Si la universidad focaliza de forma inadecuada los recursos hacia las prácticas profesionales podría tratarse de un simple problema de gestión enfocado en el desarrollo institucional, pero el problema es si efectivamente se cuenta con recursos destinados exclusivamente a esta área.

“Mi práctica no fue como yo lo esperaba”

Pudimos comprobar, en voz de sus protagonistas, la realidad del estudiante en práctica, al conversar con dos de nuestros compañeros de la UPLA, uno de los cuales actualmente está haciendo su práctica profesional y el otro que ya se tituló hace unos meses. El primer caso se da en la carrera de Nutrición y Dietética, donde el estudiante que actualmente hace su práctica en el Hospital Gustavo Freak, el cual además nos pidió reservar su identidad por lo mismo, nos comentó que “no me dan almuerzo y tampoco me pasan plata para la locomoción. Esos gastos los tengo que cubrir yo”. Quisimos conocer su opinión sobre quién considera que debiese responsabilizarse de ésto y nos respondió que “yo creo que es la universidad la que tiene que dar regalías o facilidades al estudiante, no la empresa donde uno haga la práctica. Si finalmente aún somos estudiantes deberíamos poder optar a algún beneficio”. También conversamos con Danissa Cortez, quien se tituló hace unos meses de la carrera de Tecnología en Deportes perteneciente a la Facultad de Educación Física e hizo su práctica profesional en una importante empresa nacional que no quiso entregar su nombre, antes de comenzar las preguntas fue tajante al decir: “mi práctica profesional no fue como yo lo esperaba”. Intentamos aproximarnos a las razones de su descontento y frente a eso nos contó que “en escasas oportunidades pude poner en practica los conocimientos adquiridos en los años de formación y cuando pretendía desarrollar otras opciones dentro de la empresa, la persona que estaba a cargo mío (un médico) mostraba interés en el momento y después se desvinculaba del alumno en práctica alegando no tener disponibilidad de tiempo”. Declaraciones que contienen este tipo de realidades, vienen a demostrarnos una vez más que el problema de la desregulación es recurrente y grave, por tanto la universidad no se está haciendo cargo de las prácticas de forma correcta y toda la responsabilidad tiende a recaer en la empresa o institución, al mismo tiempo que el estudiante no es reconocido como un trabajador sino que aún como un estudiante en formación, que no debe tener contrato de trabajo y sólo regirse por un seguro laboral. Entonces ¿quién defiende al estudiante? Además de esto, Danissa nos comentó que al quedar en manos de la empresa la etapa de formación del estudiante, esta puede incurrir en faltas como no respetar las horas de trabajo acordadas con la universidad: “la intervención de la universidad frente a esta situación no tuvo influencia alguna, pues la situación no cambió de principio a fin, y esta incomodidad se acentuó con lo extenso de la práctica (6 meses) en que tampoco se respetaban las horas exigidas por la universidad producto de un convenio existente desde hace muchos años entre estas dos instituciones”.

(Danilo Billiard)

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